Admisión no tradicional a la Universidad de Puerto Rico
El talento se define a partir de las cinco materias básicas: español, inglés, matemáticas, ciencia y estudios sociales; y las materias identificadas como no académicas como: arte, música, teatro, deporte, entre otras. Por otra parte, se incorpora el concepto cualidad excepcional para identificar a los estudiantes que muestran características sobresalientes en las áreas de liderazgo, civismo, investigación y creación o destrezas tecnológicas.
Es importante destacar que, en esta categoría, el talento o cualidad excepcional que posee el estudiante le brinda una oportunidad de admisión a un programa académico de la UPR. No obstante, para poder pertenecer a un equipo o grupo particular como: atletismo, coros, bandas y otras, el o la estudiante deberá participar de las pruebas de selección de talentos (“tryouts”) o audiciones para estos efectos.
Los requisitos de admisión para la categoría de talento o cualidad excepcional son:
- Portafolio o evidencia videográfica de su talento o cualidad excepcional, o,
- En caso de que el estudiante haya participado de un proceso de selección de talentos o audiciones con personal de la UPR, previo al proceso de admisiones, la evidencia de portafolio o videográfica puede sustituirse por la carta de recomendación del personal que convocó las mismas.
- Índice académico no menor de 2.00.
Las evidencias están separadas por una “o” lo que implica que es una sola evidencia, adicional al índice académico, a menos que el estudiante desee presentar más de una.
El estudiante que proviene de una escuela especializada pasa por un proceso de selección para determinar si posee las cualidades necesarias para pertenecer a tal escuela. Este proceso, que se da mientras el estudiante está en escuela superior, servirá como criterio para la admisión de estos estudiantes a la Universidad. El DEPR informa que para pertenecer a una escuela especializada se utilizan criterios tales como: tomar la prueba PIENSE, pasar por entrevista y poseer, en muchas instancias, un promedio de 3.50 o más. Tanto el DEPR como el sistema de escuelas privadas han identificado las escuelas bajo esta categoría. La Oficina de Admisiones Central mantendrá actualizadas estas listas e informará a las unidades si surgen cambios a las mismas.
Requisitos de admisión para la categoría de escuela especializada:
- Carta oficial de la escuela de procedencia del estudiante que indique que el estudiante es participante activo de la escuela. El DEPR comparte con la Universidad de Puerto Rico la lista de Escuelas Especializadas por lo que es fácilmente corroborable si la escuela es, o no, considerada especializada para el DEPR.
- Índice académico no menor de 2.00.
El estudiante que participa de un programa de dual “enrollment” o de articulación universitaria toma cursos universitarios mientras cursa su escuela superior. En el caso de dual “enrollment” su progreso académico es aplicable tanto a la universidad como a la escuela. Mientras, en los programas de articulación universitaria los cursos son aplicables solamente al contexto universitario, de ser admitido. En ambos casos, si el estudiante mantiene una calificación mínima de C o “pass” en sus cursos universitarios, esto se utilizará como indicativo de que posee las disposiciones necesarias para la vida universitaria. Cursos tomados en instituciones de educación superior que no sean de la Universidad están sujetos a evaluación por la unidad correspondiente.
Requisitos de admisión para la categoría de dual “enrollment” y articulación universitaria:
- Haber tomado un mínimo de 6 créditos en el nivel postsecundario
- Haber aprobado cada curso con una nota de C o más o calificación de “pass”
- Transcripción o certificación oficial de los cursos tomados en la universidad
- Índice académico no menor de 2.00.
Se refiere a aquellos estudiantes con un SAI (“Student Aid Index”) de 0 o con un rango negativo, o que habitan en áreas de alta pobreza. El censo federal identifica los pueblos con mayor índice de pobreza en Puerto Rico.
Los requisitos de admisión para estudiantes que provienen de comunidades marginadas son:
- Carta con sello o firma del director o directora de una escuela ubicada en uno de los pueblos identificados como de alta pobreza, según el censo, o,
- Una carta o certificación de una agencia de gobierno que brinda servicios a poblaciones de alta pobreza, o,
- Una carta de uno de los recintos o unidades institucionales de la Universidad recomendando a un estudiante proveniente de una de sus escuelas aledañas con las que los docentes de dicha unidad llevan a cabo experiencias de laboratorio o servicio comunitario, o,
- Evidencia de haber cumplimentado la FAFSA con un SAI (“Student Aid Index”) de 0 o con un rango negativo.
- Una de las evidencias que aparecen en el anejo 3 de esta certificación (solo una)
- Índice académico no menor de 2.00
Las evidencias están separadas por una “o” lo que implica que son tres requisitos solamente (uno de los que aparecen de la a-d, la e y la f).
Se refiere a aquellos estudiantes de 23 años o más que interesan iniciar estudios de grado asociado o bachillerato en la Universidad. Como parte de esta categoría existe el grupo catalogado como “adultos mayores” que se encuentran en las edades de 60 o más. Este grupo, especialmente los que tienen entre 60 a 65 años, podrían estar aun trabajando por lo que podría haber mayor interés, entre estos, de iniciar o retomar estudios o tomar cursos o certificaciones en su área profesional. Existe otro grupo, generalmente de retirados, que tienen interés en completar programas cortos o cursos de mejoramiento personal o profesional. En todo caso, debido al tiempo transcurrido desde la graduación de escuela secundaria, debe tomarse en consideración que poseer ciertas evidencias o evidencias recientes podría representar un reto para el estudiante. Es por esto que, debe ejercerse flexibilidad al momento de solicitar las evidencias.
Requisitos de admisión para estudiantes adultos y adultos mayores:
- Evidencia de haber completado la escuela superior. En el caso de que el estudiante no tenga acceso a su transcripción de créditos por cierre de la institución y/u otra catástrofe que no le permita acceso al documento original y/o diploma de graduación, se permitirá documento notarizado (affidavit), que certifique que el estudiante cumplió con los requisitos de graduación de escuela superior. Para la utilización de ayudas federales es requisito que el estudiante muestre evidencia de haber cumplido con sus requerimientos de graduación.
- Una de las evidencias que aparecen en el anejo 3 de esta certificación (solo una) o una entrevista.
- Índice académico no menor de 2.00
Un estudiante en esta categoría puede solicitar admisión por la ruta tradicional, si cumple con el IGS requerido o puede entrar por la ruta no tradicional.
Requisitos de admisión para estudiantes con diversidad funcional en ruta no tradicional:
- Evidencia reciente de la condición o que ha sido participante de un programa de educación especial en su escuela de procedencia.
- Índice académico no menor de 2.00.
- Una de las evidencias que aparecen en el anejo 3.
- Si el estudiante no es admitido por ninguna de las dos rutas (tradicional o no tradicional) este puede hacer uso del boleto que le confiere la Ley Núm. 250, supra, a través del cual se pueden contemplar otras alternativas de admisión.
Esta categoría se incluye para ofrecer al personal que responde a situaciones de emergencia y catastróficas una oportunidad de estudios en reconocimiento a su labor heroica en beneficio de la sociedad puertorriqueña.
Los requisitos de admisión para primeros respondedores son:
- Carta de la entidad correspondiente que certifique que el solicitante es un “first responder” activo
- Proveer solo una de las evidencias que aparecen en el anejo 3 de esta certificación.
- Índice académico no menor de 2.00
Debido a que es altamente probable que el “first responder” pertenezca a la categoría de adulto, debe aplicarse el requisito de índice académico con la debida flexibilidad. Esta categoría no es extensiva a los familiares